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La Opinión de cumplimiento (32-D) es el documento emitido por el SAT que certifica que estás al corriente con tus obligaciones fiscales. Es uno de los documentos más solicitados en operaciones comerciales y de gobierno, ya que acredita formalmente que no tienes adeudos ni irregularidades ante el SAT al momento de la consulta.

¿Quién la pide?

La Opinión de cumplimiento es requerida con frecuencia en situaciones como:
  • Clientes corporativos: muchos clientes la exigen antes de liberar el pago de comprobantes que superan cierto monto, como parte de sus controles de proveedores.
  • Contratos de gobierno: cualquier contratación con dependencias federales, estatales o municipales requiere una opinión positiva y vigente.
  • Instituciones financieras: bancos y sofomes pueden solicitarla al evaluar créditos o apertura de cuentas.

Cómo obtenerla

Oden Tax gestiona la Opinión de cumplimiento usando tu e.firma. La primera descarga ocurre automáticamente cuando subes tu e.firma a la plataforma. Para obtener una nueva:
  1. Ve a SAT > Opinión de cumplimiento.
  2. Haz clic en Actualizar. Oden Tax consultará el SAT y descargará el documento más reciente.
  3. El panel mostrará:
    • Sentido: Positiva, Negativa o No inscrito.
    • Folio: número de referencia del documento emitido por el SAT.
    • Fecha de emisión: día en que el SAT generó la opinión.
    • Vigencia: fecha límite hasta la que el documento es válido.
La Opinión de cumplimiento tiene vigencia de 30 días naturales a partir de su emisión. Pídela de nuevo cuando venza si tu cliente la necesita actualizada; una opinión vencida no tiene validez ante terceros.

Sentido negativo

Si tu opinión tiene sentido negativo significa que el SAT detectó obligaciones fiscales pendientes a tu cargo. Estas pueden incluir declaraciones no presentadas, impuestos no pagados u otras inconsistencias en tu expediente fiscal. Oden Tax descarga y muestra el documento tal como lo emite el SAT, pero no puede modificar ni resolver la situación que origina el sentido negativo. La corrección debe tramitarse directamente con el SAT.
Oden Tax explica qué muestra el panel, pero no da asesoría fiscal. Si tienes una opinión negativa, consúltalo con tu contador para identificar qué obligación está pendiente y cómo regularizarte.